Huasteca Global News - 07 de febrero de 2024
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha emitido un nuevo revés al Congreso del Estado de San Luis Potosí al resolver la acción de inconstitucionalidad 166/2022, promovida por la Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH). En esta ocasión, la invalidación se dirige hacia un numeral de una reforma al Código Familiar para el Estado.
Este nuevo contratiempo legal se suma al revés sufrido el mes anterior, cuando la SCJN invalidó una reforma al artículo 77, fracción IV, de la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado, por vulnerar derechos de igualdad y no discriminación y de acceso a cargos públicos.
La impugnación presentada por la CEDHSLP estaba dirigida a dos porciones normativas del artículo 91 del Código Familiar para el Estado, específicamente contra las menciones a "personas incapaces" y "personas con discapacidad”.
La sentencia del tribunal máximo explicó que la porción normativa en cuestión debe invalidarse, ya que el proceso legislativo que condujo a la emisión del decreto careció de una consulta previa en materia de personas con discapacidad. Esto, señaló la SCJN, podría afectar los derechos de este grupo en la entidad, por lo que el legislador tenía la obligación de consultarlos.
La resolución enfatizó que el legislador debió realizar la consulta requerida, dado que la legislación regulaba un aspecto relacionado con garantizar un derecho a favor de las personas con discapacidad, como lo es su protección en casos de solicitud de divorcio. Además, destacó que tanto las personas incapaces como las personas con discapacidad debían ser consultadas, ya que la normativa introdujo una distinción entre ambos grupos.
Este dictamen subraya el parámetro de regularidad constitucional que obliga a consultar a las personas con discapacidad en la elaboración de cualquier ley que busque hacer efectiva la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
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